Foto: Archivo AFP. / Una mesa de votación durante las Elecciones Judiciales de 2017, en Cochabamba.
La diputada de Creemos, Tatiana Añez, señaló que ahora corresponde que la decisión debe ir a revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional.
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia del Beni concedió la tutela a un amparo constitucional, en consecuencia, quedó suspendido el proceso de preselección de magistrados iniciado por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), en miras a las elecciones judiciales de octubre.
“En base a todo lo arguido por los impetrantes y el análisis efectuado por este Tribunal de garantías, se concluye que corresponde conceder la solicitud de medida cautelar solicitada, disponiendo la inmediata suspensión del proceso de preselección de candidatas y candidatos (…) así como los plazos previstos en la convocatoria pública emitida para el efecto; hasta la resolución de la presente causa”, refiere parte de la resolución de la Sala Constitucional Primera.
Ayer, la ALP emitió un comunicado informando sobre la suspensión del proceso de preselección hasta que se resuelva este amparo en Beni.
“La Presidencia de la ALP comunica que en atención a la medida cautelar determinada en auto N° 037/2023 pronunciado por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia del Beni dentro de una acción de amparo constitucional, los procesos de preselección de candidatas y candidatos para la conformación del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura quedan suspendidos desde el momento de la notificación, hasta la resolución de la acción”, refiere el comunicado de la ALP.
Sin embargo, la Sala dio curso al amparo y suspendió el proceso de preselección.
Las reacciones sobre el tema no se dejaron esperar, la abogada Katya Saucedo confirmó a Página Siete que efectivamente un Tribunal Departamental de Justicia, en este caso el de Beni, puede anular el reglamento de convocatoria para las elecciones judiciales. “Si esa es la orden del Tribunal, así es”, precisó.
Por su lado, la diputada de Creemos, Tatiana Añez, señaló que ahora corresponde que la decisión debe ir a revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) “que es el que tiene la última palabra, porque puede ser que el TCP modifique la decisión de esa Sala Constitucional (de Beni), pero como está así evidentemente en esta primera instancia lo que correspondería es hacer la modificación al reglamento o esperar que se pronuncie el TCP”.
Agregó que se debe ver además “qué declaró inconstitucional la Sala Constitucional, qué artículo declaró inconstitucional”.
El miércoles, el ciudadano Miguel Angel Balcázar Ruiz presentó en Beni un amparo en contra del reglamento de convocatoria para la preselección de postulantes a las elecciones judiciales observando el numeral 16 del artículo 19 que a su juicio coarta su derecho a la libertad de expresión. Balcázar observó el numeral 16 del artículo 19 del reglamento que dice: “No haber expresado posturas políticas de manera pública”. Aquello debe ser acompañado de una declaración jurada (voluntaria) ante Notario de Fe Pública en original.
/RI/Fuente: Página Siete