Foto ilustrativa / Defensoría
Una vez aprobado el reglamento y la convocatoria para elegir a la nueva Defensora o Defensor del Pueblo, las postulaciones serán recibidas por la Asamblea Legislativa a partir del jueves 17 de marzo. Se fijaron 18 requisitos para los aspirantes.
La convocatoria será publicada este miércoles en tres medios de circulación nacional y páginas web de la Vicepresidencia y entidades legislativas, de acuerdo con el reglamento aprobado.
La recepción de postulaciones inicia al día siguiente de la publicación, es decir, el jueves y tiene un plazo de 15 días calendario.
“El día jueves estaríamos ya iniciando con el plazo de recepción de las postulaciones por un período de 15 días calendario, y ahí se va a cerrar la etapa de presentación de las postulaciones, posteriormente (se pasará) a la revisión de los documentos a la habilitación”, dijo el presidente de la Comisión Mixta de Constitución, Rubén Gutiérrez.
Los aspirantes deben presentar sus documentos foliados en sobre cerrado rotulado señalando nombre completo, teléfono, dirección del domicilio y correo electrónico, adjuntando carta de postulación y la documentación consignada en las fuentes de verificación y el respaldo del curriculum vitae. El formato preestablecido será publicado con la convocatoria en un anexo.
Los requisitos
La lista de los 18 requisitos y sus fuentes de verificación con las siguientes:
Requisitos, Causales de |
Fuente de verificación |
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Certificado de nacimiento |
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Certificado de nacimiento |
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Libreta de Servicio Militar original, fotocopia legalizada o certificación emitida por el Ministerio de Defensa, en los casos que corresponda. |
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Declaración voluntaria notarial. (La Comisión Mixta solicitará Informe sobre Solvencia Fiscal a la Contraloría General del Estado para corroborar la declaración). |
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Certificado original de antecedentes penales del REJAP presentado por la o el postulante, actualizado con fecha posterior a la publicación de la convocatoria. |
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Certificado CENVI, presentado por la o el postulante, actualizado con fecha posterior a la publicación de la convocatoria. |
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Declaración voluntaria notarial, respecto a los Arts. 236 y 239 de la Constitución Política del Estado. |
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Certificación del Órgano Electoral Plurinacional actualizado. |
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Certificado de estudios emitido por una entidad debidamente acreditada. |
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Declaración voluntaria notarial.
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Declaración voluntaria notarial. |
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Hoja de vida debidamente firmada, impreso y en formato PDF. Adjuntar documentación de respaldo o certificaciones. |
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Declaración voluntaria notarial. La Comisión Mixta podrá pedir informe al Consejo de la Magistratura, Ministerio Público y Contraloría General del Estado. |
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Declaración voluntaria notarial. |
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Declaración voluntaria notarial. |
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Certificación original emitida por el Órgano Electoral. |
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Certificación del Tribunal Supremo Electoral presentada por la o el postulante. |
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Declaración voluntaria notarial.
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La recepción de las postulaciones se realizará en libro notariado, hasta las 18:00 horas en día hábil, y hasta las 12:00 horas en día sábado y domingo, según el reglamento.
Una vez culminado el proceso de recepción, la Comisión Mixta de Constitucional instalará sesión permanente por tiempo y materia, de manera presencial, para la revisión.
El presidente de dicha comisión, Rubén Gutiérrez, indicó que de acuerdo con los plazos, se prevé tener al nuevo Defensor designado hasta mayo.
/RI/Fuente: Erbol