El feriado nacional del 6 de Agosto, que este año cae en domingo, será trasladado al lunes 7 de agosto, por lo que las y los trabajadores del país podrán disfrutar de un fin de semana reparador, anunció este martes el director General de Trabajo, Yecid Mollinedo, en Santa Cruz.
“El Decreto Supremo 2750 tiene por objeto regular el calendario y traslado de feriados nacionales del Estado Plurinacional de Bolivia, con el fin de promover el turismo como actividad económica estratégica”, afirmó Mollinedo.
Por tanto, en aplicación a la norma vigente desde 2016 que regula los feriados nacionales, el 6 de agosto, que este año recae en domingo, se traslada al lunes 7 de agosto, disposición que será emitida oficialmente en los próximos días.
Los feriados nacionales con suspensión de actividades públicas y privadas en el Estado Plurinacional de Bolivia, son: 1 de enero (Año Nuevo); 22 de enero (Día de la Creación del Estado Plurinacional de Bolivia); Lunes y martes de Carnaval; Viernes Santo; 1° de mayo (Día del Trabajo); Corpus Christi; 21 de junio (Año Nuevo Aymara Amazónico); 6 de agosto (Día de la Independencia de Bolivia); 2 de noviembre (Día de Todos los Difuntos); y 25 de diciembre (Navidad).
Se considera feriado con suspensión de actividades públicas y privadas, los días lunes posteriores a los feriados que correspondan a días domingo, con excepción de los feriados que corresponden a lunes y martes de Carnaval, Viernes Santo, Corpus Christi y 2 de noviembre, Día de Todos los Difuntos.
Finalmente, explicó que, en aplicación de la Ley General de Trabajo, quien trabaja en día feriado tiene derecho a recibir el pago de doble jornada laboral, en caso de incumplimiento a esta disposición de carácter social y laboral, el trabajador puede presentar la denuncia a las jefaturas departamentales y regionales de trabajo.12:12
“El Decreto Supremo 2750 tiene por objeto regular el calendario y traslado de feriados nacionales del Estado Plurinacional de Bolivia, con el fin de promover el turismo como actividad económica estratégica”, afirmó Mollinedo.
Por tanto, en aplicación a la norma vigente desde 2016 que regula los feriados nacionales, el 6 de agosto, que este año recae en domingo, se traslada al lunes 7 de agosto, disposición que será emitida oficialmente en los próximos días.
Los feriados nacionales con suspensión de actividades públicas y privadas en el Estado Plurinacional de Bolivia, son: 1 de enero (Año Nuevo); 22 de enero (Día de la Creación del Estado Plurinacional de Bolivia); Lunes y martes de Carnaval; Viernes Santo; 1° de mayo (Día del Trabajo); Corpus Christi; 21 de junio (Año Nuevo Aymara Amazónico); 6 de agosto (Día de la Independencia de Bolivia); 2 de noviembre (Día de Todos los Difuntos); y 25 de diciembre (Navidad).
Se considera feriado con suspensión de actividades públicas y privadas, los días lunes posteriores a los feriados que correspondan a días domingo, con excepción de los feriados que corresponden a lunes y martes de Carnaval, Viernes Santo, Corpus Christi y 2 de noviembre, Día de Todos los Difuntos.
Finalmente, explicó que, en aplicación de la Ley General de Trabajo, quien trabaja en día feriado tiene derecho a recibir el pago de doble jornada laboral, en caso de incumplimiento a esta disposición de carácter social y laboral, el trabajador puede presentar la denuncia a las jefaturas departamentales y regionales de trabajo.12:12
Vía: Ministerio de trabajo