Momento de la votación en la sesión de la ALP, ayer. Foto: Vicepresidencia.
Las tres bancadas de la ALP tuvieron “reuniones permanentes” y lograron concertar el documento. Se hicieron cambios en al menos nueve artículos.
Después de arribar a un consenso inédito, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó el reglamento para seleccionar y designar al nuevo Defensor del Pueblo. El documento, entre otras disposiciones, no incluye veto a los actores de 2019 y contempla criterios de ponderación en las evaluaciones orales.
Fruto del consenso se realizaron modificaciones en nueve artículos (2, 3, 6, 7, 8, 11, 16, 18 y 19) del proyecto original, que fue aprobado en la Comisión Mixta de Constitución el 4 de marzo.
La concertación entre las jefaturas de bancadas del Movimiento Al Socialismo (MAS), Comunidad Ciudadana (CC) y Creemos se dio a partir de “reuniones permanentes” que se articularon tras la sesión fallida de la ALP del 9 de marzo, cuando el pleno entró en pausa luego de que estallara una gresca.
“Una gran lección para todos nosotros es que hemos podido al fin encontrar una ruta de diálogo y de consenso entre oficialismo y oposición”, manifestó la senadora de CC Andrea Barrientos, quien anunció que fiscalizarán todo el proceso.
El diputado oficialista Héctor Arce indicó que son importantes las “reuniones de coordinación” y que “a partir de ahí se ha allanado el camino”. El legislador, no obstante, subrayó que el MAS “no aceptará chantajes, ni ningún tipo de cuoteo”.
La bancada de Creemos emitió un comunicado en el que señala que “los avances que fueron incorporados” en el reglamento “son sin duda rescatables”, pero lamenta que el proceso se haya dado a consecuencia de la trifulca del 9 de marzo y no de forma previa.
Aprobación del reglamento
A las 14:34, después de tomar lista, la sesión de la ALP se reanudó con las palabras de Choquehuanca, quien indicó que se logró “generar espacios de diálogo” con los jefes de las tres bancadas.
“A pesar de las diferencias ideológicas -expresó-, hemos logrado avanzar y hemos logrado ponernos de acuerdo en varios puntos de interés”.
Luego, el presidente nato de la ALP pidió al secretario que lea los ajustes acordados. Una vez terminada la lectura, sugirió al pleno, que como se arribó a consensos, evitar “un debate intenso” para pasar directamente a votar.
En la votación, el secretario dijo que el resultado fue unánime, aunque después legisladores de oposición indicaron que no fue así, pero reconocieron que sí alcanzaron los dos tercios.
El diputado Pablo Arizaga considera que el MAS reflexionó, dado que se ha visto un poco abrumado con la imposición que acostumbra, y que fue a raíz de esa actitud que hubo consenso. “Esto tiene que ver con algunos personajes como el Vicepresidente, el presidente del Senado, quienes han interpuesto esa posibilidad de alcanzar un consenso”, manifestó el diputado.
No obstante, añadió: “Este es un primer paso, ojalá que se mantenga esta voluntad política hasta la conclusión del proceso y ahí vamos a poder ver realmente que las cosas han cambiado, y que se puede hacer y se puede trabajar de manera conjunta entre las diferentes bancadas”.
Los ajustes
Una de las modificaciones del reglamento es la supresión de la causal de inelegibilidad de que los postulantes no deben haber participado en “la ruptura del orden constitucional”, lo que según los legisladores proyectistas alcanzaba a quienes participaron en la transición o se movilizaron en 2019 (artículo 8).
“Se pretendía, de alguna manera, discriminar a algunos ciudadanos y profesionales que con todo su derecho legítimo estuvieron en una posición de defensa de sus libertades el año 2019, pero afortunadamente se ha suprimido esa figura”, indicó el diputado Arizaga
Otro artículo que fue modificado es el 18, en el que se incluyó la ponderación, a través de los criterios: excelente, bueno, regular e insuficiente. En el artículo 19, el reglamento establece que los postulantes para pasar a la etapa de designación en la ALP deben obtener la evaluación de “cumple” en al menos seis de los 10 criterios de evaluación de méritos, y obtener “excelente” o “bueno” en la evaluación oral.
En el reglamento también se eliminó la disposición que posibilitaba la declaración desierta de la convocatoria. “Con las modificaciones incorporadas al reglamento no existe esa previsión, tomando en cuenta que hay que dar certidumbre”, explicó el senador oficialista Rubén Gutiérrez, presidente de la Comisión Mixta de Constitución.
En el caso de impugnaciones (artículo 16) se añadió la disposición de que la comisión mixta resolverá las resoluciones por dos tercios. En el artículo 2 se incluyó que las decisiones de la comisión serán por dos tercios, a excepción de lo que establece el artículo 9 de la Ley 870 (que la comisión mixta por simple mayoría calificará y elevará la nómina y el informe a la ALP).
Al respecto, Gutiérrez expresó: “Se respeta la aplicación de la Constitución con los dos tercios, así como también la Ley 870 en el parágrafo tercero, artículo 9”.
Otra modificación que se introdujo es la referida a que las organizaciones de la sociedad civil, con personería jurídica y que se enfoquen en derechos humanos, podrán participar como veedoras (artículo 3).
“En realidad, era un trabajo muy cerrado, era un trabajo que estaba entre cuatro paredes, pero afortunadamente han escuchado esta posición de CC”, manifestó Arizaga.
/RI/Fuente: Pagina Siete